Acceso a información pública (TRANSPARENCIA)

Acceder a los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, de este Ayuntamiento y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones, con las limitaciones y protección de datos personales establecidas legalmente.

Persona/s física/s o jurídica/s

Permanente.

Registro Electrónico conforme Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Oficinas del Servicio de Atención a la Ciudadanía, para la presentación por registro de su solicitud.

Unidad de Transparencia.

1 mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver.

Desestimatorio

Contencioso-Administrativo, sin perjuicio de la posibilidad de interponer Reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

Ley 19/2013, 9 diciembre.

Serán inadmitidas a trámite, mediante resolución motivada, las solicitudes en los supuestos previstos en el art. 18 Ley 19/2013.

Solicitud

Substancial:
Acceso mediante sistema Cl@ve
Documentación requerida
Solicitud de acceso a la información pública