Finalidad
Acceder a los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, de este Ayuntamiento y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones, con las limitaciones y protección de datos personales establecidas legalmente.
Quien lo puede Presentar
Persona/s física/s o jurídica/s
Presentación
Registro Electrónico conforme Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Oficinas del Servicio de Atención a la Ciudadanía, para la presentación por registro de su solicitud.
Plazo de resolución
1 mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver.
Recursos
Contencioso-Administrativo, sin perjuicio de la posibilidad de interponer Reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
Normativa básica
Ley 19/2013, 9 diciembre.
Información Adicional
Serán inadmitidas a trámite, mediante resolución motivada, las solicitudes en los supuestos previstos en el art. 18 Ley 19/2013.