Registro electrónico
Hora:  
 

Presentación facturas

Presentación facturas por personas físicas y/o jurídicas con un importe menor de 5.000?


Finalidad

Presentación de facturas por servicios prestados o bienes entregados al Ayuntamiento por parte de personas físicas, para su tramitación y, en su caso, aprobación y pago.

Quien lo puede presentar

  • La persona física que expide la factura o su representante legal.
  • Personas jurídicas con un importe de factura menor de 5.000?

Plazos de presentación

Permanente

Presentación

Registro Electrónico conforme Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Oficinas de Asistencia en materia de registros.

Órgano gestor

Intervención

Plazo de resolución

30 días.

Efecto del silencio administrativo

No procede

Recursos

- Reclamación cumplimiento obligación de pago.
- Recurso Contencioso-Administrativo.

Normativa básica

Ley 9/2017, 8 noviembre; R.D.L. 2/2004, 5 marzo y Bases de Ejecución del Presupuesto.

Pago de tasas

No Procede.

Información Adicional

En el caso de que un apoderado/representante actúe en nombre del poderdante/interesado, el apoderado que realiza el trámite electrónico debe descargar, rellenar y adjuntar en la tramitación el poder que corresponda de los relacionados en el siguiente enlace:

Poderes para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante

Documentación relacionada

Nivel de identificación del solicitante

Alto:Acceso mediante sistema Cl@ve

Documentación a aportar

Documentación a aportar
Solicitud
Factura
En su caso, poder para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante
<< Volver