Registro electrónico
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Reconocimiento y servicios en otras administraciones públicas (Sólo Empleados Públicos)

Reconocimiento y servicios en otras administraciones públicas


Finalidad

Reconocimiento y servicios en otras administraciones públicas.

Quien lo puede presentar

Empleados/as del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan y sus Organismos Autónomos.

Plazos de presentación

Permanente.

Presentación

Registro Electrónico conforme Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Oficinas del Servicio de Atención a la Ciudadanía, para la presentación por registro de su solicitud.

Órgano gestor

Personal.

Plazo de resolución

3 meses.

Efecto del silencio administrativo

Estimatorio

Recursos

Recurso Potestativo de Reposición.
Recurso Contencioso Administrativo.

Normativa básica

Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública. Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.
IV Acuerdo Marco del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan, BOP de 16 de Diciembre de 2009. IV Convenio Colectivo del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan, BOP de 17 de Septiembre de 2010.

Documentación relacionada

Nivel de identificación del solicitante

Alto:Acceso mediante sistema Cl@ve

Documentación a aportar

Documentación requerida
Solicitud
Certificado de Servicios Previos
Para el reconocimiento de Servicios Previos, aportar Anexo 1 (Certificado de Servicios Previos) emitido por la Administración donde se prestaron
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