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Descripción | Esta es la solicitud para darse de Alta o Inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes de Alcázar de San Juan. El padrón municipal es el registro que acredita la residencia en el municipio y el domicilio habitual de un ciudadano a todos los efectos administrativos. Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio donde reside habitualmente. Quienes vivan en más de un municipio, se inscribirán en el que residan durante más tiempo al año. El Ayuntamiento de Alcázar de San Juan está obligado a mantener actualizado su Padrón, de modo que sus datos concuerden con la realidad. Los ayuntamientos están legalmente facultados para sancionar las omisiones o falsedades contrarias al deber ciudadano de inscribirse en el Padrón. Está gestionado por el Ayuntamiento y coordinado con el Instituto Nacional de Estadística. El alta puede ser tramitada por cambio de residencia desde otro municipio, alta nueva en Alcázar de San Juan o alta por nacimiento. Las altas por nacimiento pueden ser comunicadas de oficio por el Instituto Nacional de Estadística (al que previamente el Registro Civil ha comunicado el nacimiento) o a solicitud de los padres o representantes legales, para lo que será necesaria copia de su documento de identidad y del libro de familia. Advertencia para los ciudadanos extranjeros sin autorización de residencia permanente: de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.1, 2º párrafo, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la inscripción en el Padrón Municipal de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente deberá ser objeto de renovación periódica cada dos años. El transcurso del plazo señalado será causa para acordar la caducidad de la inscripción, siempre que el interesado no hubiese procedido a tal renovación. Importante: El alta en el Padrón Municipal de Habitantes de Alcázar de San Juan no implica el cambio de domicilio fiscal para sus recibos y /o notificaciones fiscales municipales o de su dirección en las bases de datos de otros organismos públicos. El Ayuntamiento de Alcázar de San Juan dispone de un impreso específico para solicitar el cambio de domicilio para sus recibos y/o notificaciones fiscales municipales. |
¿Quién lo puede solicitar? | Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RJAP y del Procedimiento Administrativo Común. Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último. En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá figurar como representante una persona física, nunca una jurídica. No obstante, para formular reclamaciones, desistir de instancias o renunciar derechos, la representación deberá acreditarse mediante documento público, documento privado con firma notarialmente legitimada y, en su caso, legalizada, o poder otorgado ante el funcionario encargado de la recepción del escrito, según Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. |
Documentación a aportar | - Solicitud de alta (hoja padronal) por duplicado, cumplimentada y firmada. - Original y fotocopia del documento que acredite la identidad de las personas inscritas (DNI, NIE, Pasaporte. Para menores de 15 años el libro de familia). - Original y fotocopia del documento que acredite el uso de la vivienda (escritura de propiedad, nota simple del registro de la propiedad, contrato de arrendamiento, contrato o factura actual expedida por compañía suministradora de agua, electricidad o gas ). En las altas por nacimiento no será necesario entregar esta documentación cuando el progenitor ya figure inscrito en la vivienda. - Autorización de empadronamiento: Cuando las personas a empadronar no posean ningún documento que acredite el uso de la vivienda, será necesario que cualquiera de los titulares de la misma autorice la inscripción de los solicitantes firmando en la hoja padronal y presentando original y fotocopia del documento de identidad y del documento que acredite el uso de la vivienda. Menores de edad. Además de la documentación anteriormente descrita: |
¿Dónde solicitarlo? | En las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano (OAC) del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan, en las oficinas de Registro de la Administración General del Estado o de la Comunidad de Castilla la Mancha (Ventanilla Única), en las administraciones locales consideradas como Grandes Municipios o en las oficinas de Correos -en estas últimas mediante sobre abierto- para ser fechadas y selladas por el empleado de Correos antes de ser certificadas. |
Normativa | Ley 30/1992 RJAP y del Procedimiento Administrativo. |
¿Quién tramita la solicitud? | Ayuntamiento |
Forma de iniciacion | A petición del interesado |
Subsanación | Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le archivará el expediente. |
Organismo resolutor | Ayuntamiento |
Observaciones | Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentación, en su caso. |
Más información | Solicitud que se puede realizar sólo de forma presencial. |
Ayuntamiento de Alcázar de San Juan
Calle
Santo Domingo
1.
13600
Alcázar de San Juan
(Ciudad Real)
Teléfono: 926 57 91 00
Correo electrónico: info@aytoalcazar.es